Procuradores Elche

Servicios de Mediación y Conciliación

En el marco de la Ley 1/2025, de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, prestamos asistencia y colaboración en procesos de conciliación y mediación, promoviendo soluciones consensuadas entre las partes cuando el procedimiento lo permite o lo requiere.

Te ofrecemos

  • Preparación y presentación de solicitudes de conciliación ante los órganos competentes.

  • Gestión documental y procesal previa a los actos de conciliación o mediación.

  • Representación procesal en actos de conciliación ante los Juzgados de Paz o de Primera Instancia, cuando proceda.

  • Seguimiento de acuerdos alcanzados y control de su cumplimiento o ejecución.

  • Coordinación con profesionales acreditados en mediación civil, mercantil o familiar.

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Proceso de Conciliación Judicial

Según los artículos 139 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y con especial relevancia tras la Ley 1/2025

La conciliación judicial es un procedimiento no contencioso, en el que una parte solicita al juzgado la citación del potencial demandado, con el objetivo de llegar a un acuerdo antes de iniciar un proceso judicial formal.

1. Presentación de la solicitud

  • La parte interesada (por sí o representada por procurador) presenta una solicitud de conciliación ante el juzgado de paz o primera instancia del domicilio del citado.

  • No es necesaria intervención de abogado ni procurador, pero es recomendable.

2. Señalamiento del acto

  • El juzgado fija día y hora para el acto de conciliación, al que se citará a ambas partes.

3. Comparecencia en el acto de conciliación

  • Se celebra en sede judicial, ante el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ).

  • Las partes pueden asistir por sí mismas o representadas.

4. Posibles desenlaces:

  • Con avenencia: Se levanta acta del acuerdo, que tiene fuerza ejecutiva conforme al art. 517.2.9º de la LEC.

  • Sin avenencia: Se deja constancia y, si se interpone demanda posterior, se acredita haber intentado la vía conciliadora.

  • Incomparecencia: Se da por intentado sin efecto. Puede tener consecuencias procesales si la ley exige intento previo de conciliación.

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Proceso de Mediación

Regulado por la Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, y reforzado por la Ley 1/2025

La mediación es un mecanismo voluntario y confidencial mediante el cual las partes intentan alcanzar un acuerdo con la ayuda de un mediador profesional imparcial. Puede desarrollarse antes de iniciar un proceso judicial (extrajudicial) o durante el procedimiento (intrajudicial).

1. Acuerdo para iniciar mediación

  • Las partes pueden acudir voluntariamente o por derivación judicial.

  • También puede ser obligatoria como requisito de procedibilidad, según el tipo de asunto (por ejemplo, en algunas reclamaciones civiles y mercantiles).

2. Designación del mediador o institución de mediación

  • Puede elegirse directamente o a través de un centro de mediación acreditado.

  • El mediador debe estar debidamente formado y registrado.

3. Sesión informativa y aceptación

  • Se informa a las partes del funcionamiento del proceso.

  • Ambas deben firmar el acta de inicio de la mediación.

4. Sesiones de mediación

  • Se celebran tantas sesiones como se consideren necesarias.

  • El mediador facilita el diálogo, pero no impone soluciones.

  • El proceso es confidencial.

5. Finalización del proceso

  • Con acuerdo: Se firma un acta final que puede elevarse a escritura pública y ser ejecutiva (arts. 517 y 777 LEC).

  • Sin acuerdo: Se firma acta de cierre sin avenencia.

  • Abandono: Si alguna de las partes se retira, el proceso finaliza sin acuerdo.

PROCURADOR MEDIADOR CONCILIADOR – REGISTRADO EN:

  • Institución de mediación del Consejo General de Procuradores de España  – www.cgpe.mediandocon.com
  • Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes / Mediadores  e Instituciones de Mediación – www.mjusticia.gob.es

Como procuradores, podemos:

  • Preparar la solicitud de conciliación judicial

  • Representarte o representar al cliente en el acto de conciliación

  • Gestionar la documentación necesaria para cualquier tipo de mediación

  • Coordinar con centros de mediación acreditados

  • Controlar plazos y emitir alertas procesales relacionadas con intentos de solución extrajudicial

  • En caso de acuerdo, preparar la ejecución del mismo o su incorporación a un proceso judicial posterior